La XVII Legislatura del Estado aprobó reformas al Código Penal y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, mediante las cuales se garantizarán los derechos humanos de las niñas y mujeres al establecer la no prescripción del delito de feminicidio y catalogando la violencia ácida y la violencia mediática como una forma de violencia contra las mujeres.
En la sesión ordinaria número 4, presidida por el diputado Renán Sánchez Tajonar, se aprobó también una reforma al Código Penal del Estado para actualizar el delito de extorsión, sobre todo lo relacionado con el denominado “cobro de derecho de piso”, el cual se sancionará con penas de 15 a 25 años de prisión y de 1 mil a mil 500 días multa.
Estas penas se podrían aumentar hasta en una mitad cuando el delito se cometa contra una persona menor de edad, persona mayor de 60 años o alguna persona con discapacidad; o bien, cuando quien lo cometa sea integrante de alguna institución policial, se ostente como servidor público o se encuentre privado de su libertad.
Respecto a las reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Quintana Roo; se busca visibilizar la violencia mediática como una nueva modalidad de violencia contra las mujeres.
Ésta se entenderá como toda acción dolosa realizada mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento.
También se considerará violencia mediática a cualquier acto que promueva de manera directa o indirecta estereotipos sexistas, discriminación, haga apología de la violencia contra las niñas, adolescentes y mujeres.